28/2/24, 9:52 DOF - Diario Oficial de la Federación https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5718339&fecha=28/02/2024&print=true 1/2 DOF: 28/02/2024 ANEXO Síntesis de Acuerdos de la Primera Sesión Ordinaria de 2024, del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales, celebrada el 29 de enero de 2024, de manera presencial y remota. Al margen un logotipo, que dice: Sistema Nacional de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales.- Consejo Nacional. ANEXO SÍNTESIS DE ACUERDOS DE LA PRIMERA SESIÓN ORDINARIA DE 2024, DEL CONSEJO NACIONAL DEL SISTEMA NACIONAL DE TRANSPARENCIA, ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES, CELEBRADA EL 29 DE ENERO DE 2024, DE MANERA PRESENCIAL Y REMOTA, EN LA QUE SE APROBARON, LOS SIGUIENTES ACUERDOS: El Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales, con fundamento en lo establecido por los artículos 31 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública; artículos 5, 10, 34 y 44 del Reglamento del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales, tiene dentro de sus atribuciones establecer reglamentos, lineamientos, criterios y demás instrumentos normativos necesarios para cumplir con los objetivos del Sistema Nacional, la Plataforma Nacional y la Ley; así como emitir acuerdos para dar cumplimiento a las funciones del Sistema Nacional establecidas en la Ley General antes citada. Asimismo, dichos acuerdos, reglamentos, lineamientos, criterios y demás instrumentos normativos necesarios deberán publicarse en el Diario Oficial de la Federación. En relación a lo anterior, en el Orden del Día de la Primera Sesión Ordinaria del Consejo Nacional, celebrada el 29 de enero de 2024, fueron presentados, sometidos a discusión y aprobados, los siguientes acuerdos: · CONAIP/SNT/ACUERDO/ORD01-29/01/2024-03.- ACUERDO DEL CONSEJO NACIONAL DEL SISTEMA NACIONAL DE TRANSPARENCIA, ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES MEDIANTE EL CUAL SE APRUEBA LA REFORMA A LOS "LINEAMIENTOS TÉCNICOS GENERALES PARA LA PUBLICACIÓN, HOMOLOGACIÓN Y ESTANDARIZACIÓN DE LA INFORMACIÓN DE LAS OBLIGACIONES ESTABLECIDAS EN EL TÍTULO QUINTO Y EN LA FRACCIÓN IV DEL ARTÍCULO 31 DE LA LEY GENERAL DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA, QUE DEBEN DE DIFUNDIR LOS SUJETOS OBLIGADOS EN LOS PORTALES DE INTERNET Y EN LA PLATAFORMA NACIONAL DE TRANSPARENCIA"; MISMO QUE FUERA APROBADO EN LO GENERAL POR UNANIMIDAD DE VOTOS, Y EN LO PARTICULAR POR MAYORÍA, CON LOS VOTOS PARTICULARES DE LA COMISIÓN ESTATAL PARA EL ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA DE SINALOA Y DEL INSTITUTO DE TRANSPARENCIA, ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA, PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES Y RENDICIÓN DE CUENTAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO, ASÍ COMO CON EL VOTO EN CONTRA Y PARTICULAR DE LA AUDITORÍA SUPERIOR DE LA FEDERACIÓN. Disponible para su consulta en: www.dof.gob.mx/2024/INAI/CONAIP-SNT-ACUERDO-ORD01-29-01-2024-03.pdf https://snt.org.mx/wp-content/uploads/CONAIP-SNT-ACUERDO-ORD01-29-01-2024-03.pdf · CONAIP/SNT/ACUERDO/ORD01-29/01/2024-04.- ACUERDO DEL CONSEJO NACIONAL DEL SISTEMA NACIONAL DE TRANSPARENCIA, ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES, MEDIANTE EL CUAL SE APRUEBA LA MODIFICACIÓN AL CÓDIGO DE BUENAS PRÁCTICAS DENOMINADO: "CARTA DE DERECHOS DE LA PERSONA EN EL ENTORNO DIGITAL"; MISMO QUE FUERA APROBADO POR UNANIMIDAD DE VOTOS, TANTO EN LO GENERAL, COMO EN LO PARTICULAR. Disponible para su consulta en: www.dof.gob.mx/2024/INAI/CONAIP-SNT-ACUERDO-ORD01-29-01-2024-04.pdf https://snt.org.mx/wp-content/uploads/CONAIP-SNT-ACUERDO-ORD01-29-01-2024-04.pdf Así lo acordó el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales, en su Primera Sesión Ordinaria de dos mil veinticuatro, celebrada el veintinueve de enero de dicho año, de manera presencial y remota, con fundamento en los artículos 31, fracción XI de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública; 12, fracción XII y 13, fracción VII del Reglamento del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales. Presidente del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales, Adrián Alcalá Méndez.- Rúbrica.- Secretario Ejecutivo del Sistema Nacional de Transparencia, Sergio Octavio Contreras Padilla.- Rúbrica. SERGIO OCTAVIO CONTRERAS PADILLA, EN MI CARÁCTER DE SECRETARIO EJECUTIVO DEL SISTEMA NACIONAL DE TRANSPARENCIA, CON FUNDAMENTO EN EL ARTÍCULO 13, FRACCIÓN VIII DEL REGLAMENTO DEL CONSEJO NACIONAL DEL SISTEMA NACIONAL DE TRANSPARENCIA, ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES; HAGO CONSTAR QUE LOS ACUERDOS CONAIP/SNT/ACUERDO/ORD01-29/01/2024-03 Y CONAIP/SNT/ACUERDO/ORD01-29/01/2024-04, FUERON APROBADOS EN LA PRIMERA SESIÓN ORDINARIA DE DOS MIL VEINTICUATRO, DEL CONSEJO NACIONAL DEL SISTEMA NACIONAL DE TRANSPARENCIA, ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES, CELEBRADA EL VEINTINUEVE DE ENERO DEL MISMO AÑO. CERTIFICO QUE EL PRESENTE DOCUMENTO FUE COTEJADO, SIENDO FIEL Y EXACTA REPRODUCCIÓN DE SU ORIGINAL QUE OBRA EN LOS ARCHIVOS DE ESTA SECRETARÍA EJECUTIVA DEL SISTEMA NACIONAL DE TRANSPARENCIA; MISMO QUE SE EXPIDE EN UN TOTAL DE
28/2/24, 9:52 DOF - Diario Oficial de la Federación https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5718339&fecha=28/02/2024&print=true 2/2 2 FOJAS ÚTILES POR UNA SOLA DE SUS CARAS, INCLUYENDO LA PRESENTE CERTIFICACIÓN, EN LA CIUDAD DE MÉXICO, A 01 DE FEBRERO DE 2024. DOY FE.- Rúbrica. (R.- 548677)
1/3/24, 10:07 DOF - Diario Oficial de la Federación https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5718466&fecha=29/02/2024&print=true 1/4 DOF: 29/02/2024 ACUERDO mediante el cual se aprueba la modificación al diverso ACT-PUB/31/10/2023.08, por el cual se establece el Programa de Evaluación Anual 2024, de los sujetos obligados del ámbito público federal, en relación con el desempeño en el cumplimiento de las disposiciones contenidas en la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados y demás normatividad aplicable en la materia. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales. ACUERDO ACT-PUB/31/01/2024.07 ACUERDO MEDIANTE EL CUAL SE APRUEBA LA MODIFICACIÓN AL DIVERSO ACT-PUB/31/10/2023.08, POR EL CUAL SE ESTABLECE EL PROGRAMA DE EVALUACIÓN ANUAL 2024, DE LOS SUJETOS OBLIGADOS DEL ÁMBITO PÚBLICO FEDERAL, EN RELACIÓN CON EL DESEMPEÑO EN EL CUMPLIMIENTO DE LAS DISPOSICIONES CONTENIDAS EN LA LEY GENERAL DE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES EN POSESIÓN DE SUJETOS OBLIGADOS Y DEMÁS NORMATIVIDAD APLICABLE EN LA MATERIA. Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6°, Apartado A, fracción VIII, y 16, párafo segundo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 29, fracción I y 31, fracción XII de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública; 72, 73 y 89, fracción XXV de la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados; 6, 8, 12, fracciones XXXIV y XXXVII , del Estatuto Orgánico del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, así como en términos de la resolución emitida por el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, al resolver en definitiva la controversia constitucional 280/2023, en sesión pública del dos de octubre de dos mil veintitrés; y, con base en las siguientes: CONSIDERACIONES 1. Que el diecisiete de noviembre de dos mil veintitrés, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo ACT- PUB/31/10/2023.08 mediante el cual se aprobó el Programa de Evaluación Anual 2024, de los sujetos obligados del ámbito público federal, en relación con el desempeño en el cumplimiento de las disposiciones contenidas en la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados y demás normatividad aplicable en la materia. 2. Que el Programa de Evaluación Anual 2024 tiene como objetivos: a) Conocer el estado general que guarda el grado de cumplimiento de la normatividad en materia de protección de datos personales por parte de los responsables del ámbito público federal, de conformidad con lo dispuesto en la Décima regla de evaluación establecida en el Documento Técnico de Evaluación. b) Brindar certeza a los actores involucrados en las acciones de evaluación del desempeño respecto al cumplimiento de la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados y demás disposiciones que resulten aplicables en la materia. c) Establecer el tipo, alcances, período y número de evaluaciones, así como definir las dimensiones de la información a evaluar. d) Definir el universo de responsables, sujetos al proceso de evaluación, delimitando de manera precisa a aquellos que serán evaluados. e) Establecer las etapas que comprenderá el procedimiento de Evaluación del Desempeño, respecto al cumplimiento de la Ley General y demás disposiciones que resulten aplicables en la materia. f) Dar a conocer el cronograma en el que se realizarán las acciones relacionadas con la Evaluación Anual 2024. 3. Que en cumplimiento a lo dispuesto en el cronograma de evaluación establecido en el Programa de Evaluación Anual 2024, del mes de noviembre de 2023 al mes de enero de 2024, se implementaron acciones dirigidas al fortalecimiento de la socialización sobre la implementación de la evaluación vinculante, a través de asesorías técnicas programadas por grupos de sujetos obligados, donde la Dirección General de Evaluación, Investigación y Verificación del Sector Público, advirtió la necesidad de ampliación de dichas actividades con la finalidad de brindar mayor acompañamiento a los sujetos obligados previo al inicio de la evaluación 2024 y con ello otorgarles la oportunidad de incrementar el cumplimiento de los principios, deberes y obligaciones establecidos en las disposiciones normativas aplicables. 4. Que en sesión del treinta de marzo de dos mil veintitrés, el Pleno de este Instituto aprobó el Acuerdo ACT- PUB/30/03/2023.13 mediante el cual se presentó el Informe Anual 2022-2023 de resultados de la evaluación y medición del desempeño de los responsables sobre el cumplimiento de la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados y demás disposiciones aplicables en la materia. 5. Que del Informe Anual 2022-2023 de resultados de la evaluación y medición del desempeño de los responsables sobre el cumplimiento de la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados y demás disposiciones aplicables en la materia, se observan los siguientes datos relevantes: · De los 635 sujetos obligados evaluados, 517 (equivalente al 81.42%) ya cuenta con apartado virtual de protección de datos personales dentro de sus sitios de internet, en tanto 118 responsables (equivalente al 18.58%) aún tienen pendiente el cumplimiento de esta obligación.
1/3/24, 10:07 DOF - Diario Oficial de la Federación https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5718466&fecha=29/02/2024&print=true 2/4 · De los 517 responsables que habilitaron su apartado virtual de protección de datos personales, 237 (equivalente al 54.16%) ya publicaron total o parcialmente los medios de verificación establecidos en el Documento técnico de evaluación; sin embargo, 280 de ellos (equivalente al 45.84%) aún no cuentan información y/o documentos susceptibles de evaluar de conformidad con lo dispuesto en el Documento técnico de evaluación. · Considerando el índice simple general de cumplimiento obtenido por cada uno de los 635 sujetos obligados evaluados, fue posible determinar que, 60 de ellos (equivalente al 9%) obtuvo un cumplimiento del 100%; 177 (equivalente al 28%) obtuvo un cumplimiento menor al 100% y mayor a 0.00% y 398 (equivalente al 63%) obtuvo un cumplimiento igual al 0.00%, ya sea porque no cuenta con apartado virtual, o bien, porque no ha publicado dentro de éste los medios de verificación establecidos en el Documento técnico de evaluación. 6. Que por lo antes expuesto se advierte la necesidad de ampliar la actividad denominada "Asesorías técnicas y fortalecimiento de socialización de la implementación de la evaluación vinculante" establecida en el Acuerdo ACT- PUB/31/10/2023.08 mediante el cual se aprobó el Programa de Evaluación Anual 2024, para brindar mayor asistencia técnica a los responsables para la implementación y cumplimiento de los criterios e indicadores previstos en los instrumentos técnicos de evaluación, señaladas en el artículo 253 de los Lineamientos Generales, así como cualquier duda o aclaración que surja respecto de la implementación del Programa de Evaluación Anual 2024. Ello con el objetivo de otorgar mayores elementos a los responsables para el correcto cumplimiento de los principios, deberes y obligaciones establecidos en las disposiciones normativas aplicables. 7. Que el dos de octubre de dos mil veintitrés, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación emitió la resolución definitiva en la controversia constitucional 280/2023, en la que se autoriza al Pleno del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales a sesionar con menos de cinco personas Comisionadas presentes, siempre y cuando lo haga con la totalidad de sus Comisionadas y Comisionados designados y de manera colegiada, como dicta la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en su artículo 6, apartado A, fracción VIII. Por lo expuesto en las consideraciones de hecho y Derecho, el Pleno del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales emite el siguiente: ACUERDO PRIMERO. Se modifica el numeral III. "Mecanismos empleados para llevar a cabo la evaluación", punto párrafo segundo, establecido en el Anexo del Acuerdo ACT-PUB/31/10/2023.08, para quedar como sigue: "1. ... [a)... b)... c)...] La información y medios de verificación contenidos en el apartado virtual de protección de datos personales, con fundamento en el artículo 250 de los Lineamientos Generales, deberán estar actualizados al ejercicio 2024; es decir, se trata de información y documentos generados o actualizados a la fecha de inicio de la Etapa 2 "Evaluación vinculante" establecida en el punto VIII. "Cronograma de evaluación". [...]" SEGUNDO. Se modifica el numeral VI. "Generalidades del procedimiento de evaluación y seguimiento al cumplimiento", punto 2, para quedar como sigue: "2. Los sujetos obligados evaluados serán aquellos previstos en el artículo 1° de la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados que se encuentren incluidos en el Padrón de Sujetos Obligados vigente con corte al mes de mayo de 2024; con excepción de aquellos que sean considerados en el referido Padrón como sujetos obligados indirectos." TERCERO. Se modifican los plazos para ejectuar las acciones de evaluación del desempeño previstas en el punto VIII. "Cronograma de evaluación" dispuesto mediante Acuerdo ACT-PUB/31/10/2023.08, para quedar como sigue: